28. Tratamiento del régimen especial de bienes usados (REBU) en INDOT
Este régimen se aplica a los vendedores de bienes usados; su tratamiento en INDOT:
1.En mantenimientos de IVA creamos dos nuevos tipos de IVA, por ejemplo:
a. RB21: para las ventas al 21%, con la cuenta 4771.21.
b. RB00: para las compras exentas, al 0%, con la cuenta 4721.0.
2.Cuando compro, recojo la operación con IVA exento RB00.
3.Cuando vendo, hago dos líneas en el asiento:
a. Una línea con el importe del bien comprado, que me puedo llevar a una cuenta 700.X con IVA exento.
b. Una línea con IVA RB21, calculando la base imponible con el IVA incluido, poniendo el tipo de transacción “2”, para que así me lo lleve al modelo 390.
A modo de ejemplo:
Compramos un bien usado por 5.700 con IVA exento. Lo vendemos por 6.200 euros IVA incluido. Calculamos el margen, que será la base imponible:
. El asiento tendrá dos líneas, una con base imponible e IVA exento por 5.700 y otra con base imponible 413,22 sujeta al 21%. En las dos líneas pondremos código de transacción 2.