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37.1 Adaptación a la normativa de SEPA.

 

Se ha adaptado el programa a la utilización del nuevo formato SEPA, que entrará en vigor el próximo 01/02/2014, para el envío de las remesas al banco, en sustitución de los actuales cuadernos 19 y 34 AEAB.

Los principales cambios de la normativa del SEPA van a ser:

• En la identificación de las cuentas bancarias se utiliza el código IBAN en vez del CCC.
• Para identificar el banco se debe utilizar el código BIC.
• Los recibos domiciliados (norma 19) pasan a ser Adeudos Directos SEPA (SDD) y pueden ser de dos tipos:

o Modelo CORE (evolución de la Norma 19) (Operativo en Indot partir del 15 de febrero de 2014)
o Nuevo modelo B2B (sólo entre empresas y con seguridad de no devolución de recibo). (Operativo en Indot partir del 15 de febrero de 2014)

• El emisor de adeudos directos debe gestionar y custodiar las aceptaciones de domiciliación de sus clientes mediante mandatos.
• Las remesas de Pagos vía Transferencias (Norma 34) pasan a Transferencias SEPA (SCT).
• Los ficheros de comunicación bancaria para transferencias y adeudos directos pasan de fichero de texto plano (TXT) a un Fichero XML según normativa ISO 20022.

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