17.1. Información Básica sobre Factura E
• ¿Qué es la Factura E?
La factura electrónica es un documento electrónico que cumple con los mismos requisitos legales exigidos a la factura tradicional en papel.
Para generar la factura E se ha de tener instalado el certificado digital en el equipo (Se recomienda que no sea el servidor y que nos solicite una contraseña cada vez que tengamos que firmar una factura, para así garantizar la seguridad).
• Normativa Aplicable
Ley 25/2013 de 27 de Diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el sector Público.
• ¿Desde cuando será obligado obligatorio facturar electrónicamente?
A partir del 15 de Enero de 2015 las facturas dirigidas a las Administraciones Públicas (Estatal, Autonómica y Local), comprendidas en el ámbito de aplicación de la ley 25/2013, deberán ser electrónicas y presentadas en sus puntos generales de entrada de facturas electrónicas.
• ¿Para quién será obligatorio?
Para todos aquellos proveedores de las Administraciones Públicas a los que se refiere la ley 25/2013.
• ¿Dónde se presentan las facturas electrónicas?
La presentación de las facturas se realizará en el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas (Pinchar en el siguiente enlace a FACe), que es la plataforma online que permite presentar facturas electrónicas ante cualquier órgano de la Administración General del Estado, a través de un único punto. Además, está abierto a que otras Administraciones Públicas puedan adherirse al mismo.
FACe simplifica a los proveedores el proceso de remisión de facturas y permite consultar el estado de tramitación de las mismas.
• ¿Cómo se envían las facturas electrónicas a las Administraciones públicas?
El envío de la factura electrónica se realiza a través de Internet.
◊ A través del portal web del Punto General de Entrada de las facturas electrónicas (https://face.gob.es/es/)
El envío de la factura electrónica al Punto General de Entrada produce, automáticamente, su apunte en un registro electrónico administrativo, dotando a la presentación de su correspondiente asiento registral.